Cómo hacer más accesible la democracia cooperativa sin dirigir la decisión de los asociados
Pablo Rodofili
n. 1218, septiembre 3 de 2026.
Si aceptamos que la democracia cooperativa empieza antes del voto, aparece inmediatamente una segunda pregunta: ¿qué puede hacer concretamente una cooperativa para que el camino hasta la decisión sea más accesible sin decirle al asociado qué debe decidir?
La pregunta es más difícil de lo que parece.
Una respuesta sencilla sería producir documentos más fáciles, ofrecer apoyos a quienes los necesiten y organizar asambleas más accesibles.
Todo eso puede ser necesario.
Pero también puede aparecer un nuevo riesgo.
Alguien tendrá que decidir qué información presentar primero. Alguien seleccionará qué datos considera importantes. Alguien explicará las alternativas. Alguien organizará el debate. Y, cuando un asociado necesite apoyo, otra persona podrá ayudarlo a comprender, ponderar o expresar su decisión.
Entre una decisión compleja y quien debe tomarla aparecen inevitablemente intermediarios.
El consejo propone.
El contador explica.
El abogado interpreta.
El técnico proyecta.
Quien preside organiza la deliberación.
El apoyo acompaña.
El problema no consiste en eliminar esas intermediaciones. Sería imposible.
Consiste en evitar que la intermediación se convierta silenciosamente en sustitución de la decisión.
Por eso una democracia cooperativa accesible necesita algo más que buenas intenciones.
Necesita diseño.
No evaluar al asociado
Durante mucho tiempo, frente a determinadas dificultades para participar, la pregunta podía formularse así:
¿Esta persona está en condiciones de intervenir en esta decisión?
La pregunta desplaza inmediatamente el problema hacia el asociado.
Pero podemos formularla de otro modo:
¿Qué características de la información, del procedimiento o de la propia asamblea pueden estar dificultando su participación?
El cambio parece pequeño.
No lo es.
Supongamos que una cooperativa debe decidir una inversión importante.
Los asociados reciben el balance, un informe técnico, algunas proyecciones financieras y la propuesta del consejo de administración.
Todos recibieron los mismos documentos.
Formalmente existe igualdad.
Pero la igualdad en la distribución de información no garantiza que esa información resulte igualmente accesible.
Puede haber barreras derivadas de una discapacidad. Pero también del lenguaje técnico, del idioma, de la alfabetización digital, de la experiencia previa, del tiempo disponible o simplemente de la creciente complejidad de las empresas que los asociados deben gobernar.
No todas esas situaciones son jurídicamente equivalentes.
Las personas con discapacidad tienen derechos específicos de accesibilidad y, cuando los necesitan, de apoyo. Esos derechos no deben diluirse dentro de una recomendación general de buena comunicación.
Pero existe un aprendizaje común:
antes de preguntarnos por las limitaciones de quien participa, podemos preguntarnos por las barreras que produce la organización de la participación.
Organizar la complejidad
Una inversión importante no se vuelve sencilla porque la cooperativa quiera explicarla mejor.
Tampoco debería hacerlo.
Simplificar excesivamente una decisión puede ser tan problemático como presentarla de una manera incomprensible.
El desafío consiste en algo diferente:
traducir complejidad sin falsearla.
Una posibilidad es organizar la información por capas.
Una primera capa debería permitir identificar con claridad qué se está decidiendo.
Otra podría explicar por qué se propone la decisión, cuáles son sus consecuencias principales y qué riesgos presenta.
Otra debería mostrar las alternativas relevantes que fueron consideradas.
Y finalmente debe permanecer disponible la documentación técnica, jurídica, económica y contable completa para quien quiera profundizar.
No todos los asociados necesitan leer todo para ejercer su derecho a participar.
Pero todos deberían poder saber qué se decide, por qué se propone, qué consecuencias relevantes puede tener y dónde encontrar la información adicional.
Esto no requiere producir necesariamente cinco documentos diferentes.
Una cooperativa pequeña puede organizar las distintas capas dentro de un único material. Otra de mayor dimensión puede combinar resúmenes, documentos completos, reuniones informativas, materiales audiovisuales o herramientas digitales.
La forma puede variar.
Lo importante es el principio.
Pero aparece inmediatamente otro problema.
Quien resume también ejerce poder.
Decidir qué información aparece primero, qué riesgo merece destacarse, qué alternativa se menciona y qué dato queda relegado a un anexo técnico puede orientar la deliberación.
No parece realista exigir información absolutamente neutral.
El consejo de administración puede tener una posición. Muchas veces debe tenerla. Puede considerar que determinada inversión es conveniente y recomendar su aprobación.
La cuestión democrática no consiste en impedir esa recomendación.
Consiste en poder distinguirla de la información sobre la cual se apoya.
La accesibilidad no exige información sin posición. Exige distinguir la información de la recomendación y no ocultar alternativas, riesgos e incertidumbres relevantes.
No es lo mismo informar:
“Se propone adquirir el inmueble porque resulta conveniente para la cooperativa”.
que explicar:
“Se propone adquirir el inmueble por este precio y mediante esta forma de financiamiento. El consejo recomienda hacerlo por estas razones. Se identificaron estos riesgos. Se analizaron estas otras alternativas.”
La diferencia no es solamente comunicacional.
Es democrática.
¿Quién diseña?
Hasta aquí hemos hablado de “la cooperativa”.
Pero una cooperativa no explica, resume ni organiza por sí misma.
Lo hacen personas y órganos determinados.
Normalmente el consejo de administración tendrá una responsabilidad central en la preparación de las cuestiones que somete a consideración. Otros órganos ejercerán las competencias de fiscalización que les correspondan. Los asociados conservarán sus derechos de información, deliberación y cuestionamiento.
No necesitamos necesariamente crear un nuevo órgano encargado de la accesibilidad democrática.
Pero sí reconocer algo:
quien diseña las condiciones de participación también ejerce poder.
El poder no desaparece porque se ejerza con la finalidad de facilitar la participación.
Por eso la preparación de una decisión tampoco debería quedar fuera de las exigencias de transparencia, fiscalización y posibilidad de cuestionamiento propias de la organización cooperativa.
El problema vuelve a ser el poder de intermediación.
Quien organiza la decisión no debe reemplazar a quien debe tomarla.
Antes de la asamblea
La asamblea no comienza cuando quien la preside declara abierto el acto.
Para muchas decisiones importantes empieza bastante antes.
Una experiencia democrática mejor organizada puede ofrecer información con tiempo suficiente, habilitar preguntas previas, realizar reuniones explicativas o utilizar formatos accesibles cuando sean necesarios.
En determinados casos podrá recurrirse a lenguaje claro.
En otros corresponderá utilizar lectura fácil, que no es simplemente escribir frases más cortas sino una metodología específica de accesibilidad.
Una persona ciega puede necesitar documentos compatibles con tecnologías de asistencia. Una persona sorda puede requerir determinadas condiciones de comunicación. Una persona con discapacidad intelectual puede necesitar información accesible y, según el caso, apoyos adicionales para comprender o ponderar alternativas.
Otra persona puede no tener ninguna discapacidad y, sin embargo, necesitar que alguien le explique qué significa una determinada proyección financiera.
Las respuestas no tienen por qué ser iguales porque las barreras tampoco lo son.
La finalidad, en cambio, es común:
llegar a la asamblea en mejores condiciones para decidir.
Nada de esto debería transformarse en una reunión previa destinada a conseguir anticipadamente los votos necesarios.
Preparar la decisión no significa preparar su resultado.
Durante la asamblea
También la deliberación puede diseñarse.
Una propuesta compleja puede explicarse antes de comenzar el debate.
Puede identificarse con precisión qué cuestión será sometida a votación.
Puede darse tiempo para preguntar.
Puede ser necesario realizar una pausa.
Pueden admitirse diferentes formas de comunicación.
Y algunas personas pueden requerir apoyos para participar.
No todos preguntarán.
Algunos preferirán hacerlo antes de la reunión. Otros podrán sentirse más cómodos formulando preguntas por escrito. Otros no querrán intervenir.
La accesibilidad no puede garantizar que todos participen.
Puede intentar reducir las barreras y también el costo personal de hacerlo.
Porque accesibilidad significa posibilidad de participación, no obligación de participar.
Una asamblea que despacha una inversión extraordinaria en cinco minutos puede satisfacer determinados requisitos formales y ofrecer, al mismo tiempo, condiciones democráticas bastante pobres.
Aquí aparece una distinción importante.
Validez jurídica y calidad democrática no son lo mismo.
El derecho determina las condiciones bajo las cuales una decisión asamblearia resulta válida.
La calidad democrática formula otra pregunta: en qué condiciones reales pudieron los asociados informarse, preguntar, deliberar y formar su decisión.
Una decisión jurídicamente válida puede haber surgido de un procedimiento democráticamente pobre.
Reconocerlo no significa inventar una nueva causal de nulidad.
Significa aceptar que una cooperativa puede aspirar a algo más que satisfacer el mínimo necesario para que sus decisiones sean jurídicamente eficaces.
Cuando alguien necesita apoyo
La accesibilidad general no elimina la posibilidad de que determinadas personas necesiten apoyos individualizados.
Aquí aparece probablemente el punto más delicado.
Un familiar puede conocer muy bien a la persona y, al mismo tiempo, tener intereses propios.
Un profesional puede aportar conocimientos y ejercer, precisamente por ellos, una enorme autoridad.
Un dirigente cooperativo puede querer ayudar y tener formada su propia opinión sobre la decisión.
La neutralidad absoluta del apoyo probablemente sea una expectativa poco realista.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad ofrece una orientación más útil. Al reconocer el acceso a los apoyos necesarios para el ejercicio de la capacidad jurídica, exige también salvaguardias que respeten los derechos, la voluntad y las preferencias de la persona y eviten los conflictos de intereses y la influencia indebida.[1]
El problema no consiste entonces en encontrar una persona sin ninguna influencia.
Consiste en evitar que el apoyo sustituya la voluntad de quien debe decidir.
Algunos criterios pueden ayudar.
Siempre que sea posible, la persona debería participar en la elección de quien la apoya.
La función del apoyo debe estar clara.
Puede ayudar a acceder a información, comprenderla, ponderar alternativas o expresar una decisión.
No debería responder ni votar en lugar del asociado.
La persona debería poder cambiar el apoyo cuando la relación no funcione adecuadamente.
Y los conflictos de intereses relevantes deben ser identificados.
Esto tampoco exige crear, como regla general, un registro especial de apoyos.
Sería extraño someter a una persona con discapacidad a una trazabilidad de las conversaciones que precedieron a su voto cuando ningún registro se exige al asociado que consultó a su contador, a su abogado o a un compañero antes de decidir.
Las salvaguardias deben proteger la autonomía, no producir una nueva forma de estigmatización.
Cuanto mayor sea el riesgo de sustitución de la voluntad, mayores deberían ser las salvaguardias; no necesariamente mayor el control sobre la persona.
El Código Civil y Comercial argentino ofrece una referencia consistente con esa orientación cuando concibe los apoyos como medidas destinadas a promover la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de voluntad para el ejercicio de derechos.[2]
No se trata de trasladar mecánicamente ese régimen a las asambleas cooperativas.
Se trata de aprender de su principio.
Apoyar una decisión es ayudar a que la decisión siga perteneciendo a quien debe tomarla.
No todas las decisiones requieren lo mismo
Hasta aquí podría surgir una objeción perfectamente razonable.
Una cooperativa no puede convertir cada decisión en un procedimiento que requiera especialistas, múltiples versiones de cada documento, reuniones preparatorias, tecnologías específicas y evaluaciones posteriores.
La democracia cooperativa tiene costos.
Dinero, pero también tiempo.
Y una cooperativa es una empresa.
Debe contratar, invertir, responder a cambios regulatorios, aprovechar oportunidades y, algunas veces, decidir con rapidez.
Por eso la democracia accesible necesita un principio de proporcionalidad.
Pero podemos precisar todavía más esa idea.
No requiere la misma preparación una decisión ordinaria que una fusión, una reforma estatutaria o una inversión capaz de comprometer varios ejercicios económicos.
Podemos pensar en la magnitud económica de la decisión, la duración de sus efectos, la cantidad de asociados alcanzados, su grado de irreversibilidad, su complejidad técnica y las barreras previsibles para participar.
Cuanto mayor sea la trascendencia, complejidad o irreversibilidad de la decisión, mayores razones existirán para preparar cuidadosamente las condiciones de información y deliberación.
Podríamos llamarlo un principio de intensidad democrática.
No es una tabla.
No determina automáticamente cuántos días ni cuántas páginas requiere cada decisión.
Es un criterio para organizar razonablemente el esfuerzo democrático.
También debe considerarse la urgencia.
Una oportunidad empresarial puede desaparecer. Una contingencia puede exigir una respuesta inmediata. Una regulación puede imponer plazos.
La urgencia genuina puede justificar procedimientos más ágiles.
Pero hay una diferencia importante entre una urgencia inevitable y una urgencia producida por la propia organización.
La urgencia puede justificar una deliberación más rápida. No debería convertirse en excusa permanente para una preparación deficiente cuando la propia cooperativa produjo innecesariamente esa urgencia.
Proporcionalidad significa entonces ponderar barreras, necesidades, trascendencia, complejidad, irreversibilidad y urgencia.
No construir la asamblea perfecta.
Construir la adecuada para la decisión que debe tomarse.
El costo de decidir mejor
Algunas medidas de accesibilidad requieren recursos.
Interpretación.
Tecnologías de asistencia.
Producción de materiales específicos.
Lectura fácil.
Apoyos profesionales cuando sean necesarios.
El costo existe y sería ingenuo ignorarlo.
Pero no toda accesibilidad constituye un gasto extraordinario destinado a unos pocos.
Explicar mejor qué se está decidiendo.
Ordenar la información.
Entregarla con suficiente anticipación.
Mostrar alternativas.
Habilitar preguntas.
Evitar jerga innecesaria.
Distinguir datos de recomendaciones.
Son también componentes de una buena organización del gobierno cooperativo.
Por eso la pregunta económica no debería ser solamente cuánto cuesta hacer más accesible una decisión.
También podemos preguntarnos por el costo potencial de una decisión mal informada, de un conflicto societario evitable o de una concentración creciente de las decisiones en quienes dominan el lenguaje técnico.
No sabemos si invertir en accesibilidad “se paga solo”.
No necesitamos afirmarlo.
Basta reconocer que una parte de esas medidas puede ser entendida no solamente como gasto sino como inversión en calidad de gobierno cooperativo.
Después de votar
Hay todavía un momento que solemos olvidar.
La cooperativa puede aprender de su propia asamblea.
Pero debería tener cuidado con lo que pregunta.
No parece razonable someter después a los asociados a una especie de examen:
“¿Comprendió correctamente lo que votó?”
La democracia no funciona así.
Podrían formularse preguntas diferentes.
¿La información llegó con suficiente tiempo?
¿Quedaba claro qué debía decidirse?
¿Fue posible acceder a los documentos?
¿Pudieron formularse preguntas?
¿Las alternativas principales estaban expuestas?
¿Alguien encontró una barrera que hubiera podido evitarse?
¿Quienes necesitaron apoyos pudieron utilizarlos?
¿Aparecieron conflictos de intereses o dificultades que convendría resolver de otra manera la próxima vez?
El objeto de evaluación vuelve a cambiar.
No se examina al asociado. Se examina el procedimiento.
Pero evaluar no basta.
Si una barrera es identificada y nada cambia, no hubo aprendizaje.
No hace falta necesariamente crear una comisión, un registro o un nuevo procedimiento burocrático.
Puede bastar una secuencia mucho más sencilla:
detectar, corregir, volver a observar.
Una barrera identificada después de una asamblea debería convertirse, en la medida de lo posible, en una barrera menos en la siguiente.
La accesibilidad democrática se transforma así en aprendizaje organizacional.
Las cooperativas de inclusión como lugar de aprendizaje
Sería un error idealizar a las cooperativas de inclusión sociolaboral.
No son necesariamente organizaciones con democracias más accesibles.
También pueden reproducir desigualdades de información, dependencias, paternalismos y concentraciones informales de poder.
Y, como cualquier organización, actúan con recursos, capacidades y tiempo limitados.
Pero enfrentan de manera particularmente visible problemas democráticos que potencialmente atraviesan a todo el cooperativismo.
Cuando deben encontrar una forma distinta de presentar información para que un asociado pueda participar, pueden descubrir una forma mejor de explicarla a todos.
Cuando deben distinguir entre acompañar y sustituir una decisión, hacen visible una cuestión presente en cualquier organización: cuánto poder tienen quienes administran información, poseen conocimientos técnicos o ocupan posiciones de autoridad.
Y cuando descubren que proporcionar exactamente lo mismo a todos no siempre produce iguales posibilidades de participación, vuelven a interrogar una de las ideas centrales de la cooperación.
La igualdad.
Quizá por eso estas experiencias puedan convertirse en lugares de aprendizaje democrático.
No porque hayan resuelto el problema.
Sino porque ya no pueden dejar de verlo.
Diseñar sin dirigir
Una democracia cooperativa accesible no es una asamblea en la que alguien garantiza que todos entendieron.
Eso sería imposible.
Y probablemente indeseable.
Es una organización capaz de explicar qué hizo para que sus asociados tuvieran una oportunidad razonable de acceder a la información, comprender qué estaba en juego, formular preguntas, deliberar y expresar su propia decisión.
No evaluar al asociado.
Evaluar las barreras.
No simplificar la decisión.
Organizar su complejidad.
No ocultar alternativas.
Hacerlas visibles.
No eliminar toda intermediación.
Evitar que el intermediario se apropie de la decisión.
No sustituir la voluntad.
Apoyar su formación y expresión.
No exigir una democracia perfecta.
Construir razonablemente mejores condiciones para ejercerla.
En Antes del voto nos preguntábamos qué ocurre antes de que cada asociado levante la mano.
Ahora podemos agregar algo.
Ese espacio anterior al voto no está dado de una vez y para siempre.
También se organiza.
También distribuye poder.
Y, por eso mismo,
la asamblea también se diseña.
Notas
[1] Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, artículo 12, especialmente párrafos 3 y 4. El artículo reconoce el acceso al apoyo que las personas con discapacidad puedan necesitar para ejercer su capacidad jurídica y exige salvaguardias adecuadas y efectivas que respeten sus derechos, voluntad y preferencias y eviten los conflictos de intereses y la influencia indebida. Aprobada por la República Argentina mediante Ley 26.378 y dotada de jerarquía constitucional por Ley 27.044.
[2] Código Civil y Comercial de la Nación, artículo 43. Define como apoyo cualquier medida judicial o extrajudicial que facilite a la persona que lo necesite la toma de decisiones y establece que las medidas de apoyo tienen por función promover la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de voluntad para el ejercicio de derechos. La misma norma contempla expresamente la protección frente a eventuales conflictos de intereses o influencia indebida.
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